Ciudad de México.- La Fiscalía General de México impugnó el jueves la anulación de la sentencia de 45 años de cárcel contra Mario Aburto, asesino confeso del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio en 1994, para que la Suprema Corte de Justicia dictamine el caso y evitar así una nueva sentencia menor por 30 años y la posible liberación en 2024.
El objeto de la apelación es “que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el caso del amparo que un Tribunal Colegiado le concedió a Mario ‘A’ (Aburto), para que se le aplique retroactivamente el Código Penal de Baja California (estado del noroeste), reduciéndose la pena de prisión por 15 años, en lugar de aplicar la legislación federal que es la procedente”, que dictó pena máxima de 45 años de cárcel, dijo la Fiscalía en un comunicado.
La Fiscalía impugna un fallo de un tribunal colegiado que concedió un amparo judicial a favor del condenado, para que se emita una nueva sentencia con base en el código penal local de Baja California, donde se cometió el crimen, que establece una pena máxima de 30 años, la cual se cumpliría en 2024.
El asesino fue juzgado con base en el Código Penal Federal, que contemplaba 45 años de cárcel, debido a que la víctima era el candidato a la presidencia por el entonces gobernante Partido Revolucionario Institucional (PRI), en el poder durante más de siete décadas, de 1929 al 2000, y de 2012 a 2018.
Colosio fue asesinado al final de un mitin de campaña en el barrio de Lomas Taurinas, de la ciudad de Tijuana, fronteriza con EU, donde recibió dos disparos, uno en la cabeza y otro en el abdomen.
El 5 de octubre pasado, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Estado de México -entidad que rodea la capital del país-, ordenó analizar el amparo judicial concedido a Mario Aburto, para que sea anulada la sentencia federal y sea sentenciado con base en el código de Baja California.
“Se considera que el amparo que se está recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era indudablemente aplicable desde un principio, en este caso”, sostiene la Fiscalía General.
La fiscalía federal, que encabeza Alejandro Gertz, afirma que no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el Código Federal de Procedimientos Penales, “correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así ocurrió”.
Según la impugnación el Tribunal Colegiado, que falló a favor del condenado, introdujo unilateralmente un tema que no estaba en el litigio original del amparo solicitado por Aburto.
La cartera de Gertz sostiene que el dictamen para que se imponga una nueva sentencia basada en un código penal local ignora “la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país”.
La Constitución del país norteamericano establece el ámbito de defensa federal sobre “cualquier hecho que lastime, detenga o lesione la democracia en México; su proceso electoral; y una elección presidencial, que en este caso consistió en atacar y darle muerte a uno de sus participantes principales que oficialmente estaba acreditado para tal función democrática”, esgrime la Fiscalía General.
Ese asesinato lesionó gravemente todos esos valores y los derechos fundamentales, de conformidad con la Constitución, las leyes, y todos los “principios básicos de justicia que rigen para el Estado Mexicano; para su democracia; y para su estructura electoral y presidencial”, dice la impugación.
Al abrir este caso desde su origen, el Tribunal Colegiado permite que se analicen y se valoren de nuevo todas las pruebas que existen en favor de todas las víctimas y en contra del acusado.
Fuente:https://sputniknews.lat
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