miércoles, 18 septiembre 2024
29.4 C
Monterrey

Presenta Congreso de NL queja administrativa contra Juez laboral de la CDMX que otorgó suspensión a Javier Navarro

Últimas Noticias

Monterrey.-El Congreso de Nuevo León presentó este viernes una queja administrativa ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por lo que se considera una actuación dolosamente ilegal del Juez Tercero de Distrito en Materia del Trabajo del Primer Distrito Judicial con sede en la Ciudad de México, Gabriel Domínguez Barrios.
Lo anterior, derivado de una suspensión provisional concedida dentro del expediente de amparo indirecto 3656/2023, relacionado a la designación del Gobernador Interino que habrá de suplir la ausencia del Titular del Ejecutivo Estatal, Samuel Alejandro García Sepúlveda, quien estará separado de su cargo durante seis meses para participar en un proceso electoral del 2 de diciembre al 2 de junio del 2024.
“La suspensión provisional concedida por el juzgador federal, de la que se tiene conocimiento extraoficial ya que no ha sido notificada al Poder Legislativo por la autoridad competente, pretende limitar las facultades del Congreso del Estado en la designación del Gobernador Interino”, dice la denuncia.
“Las limitaciones ilegales que el juez de distrito pretendió imponer son esencialmente dos: 1) que la designación se realice a través de una votación unánime de todas las diputaciones integrantes de la legislatura local y 2) que la persona designada se encuentre afiliada al partido Movimiento Ciudadano. Estas condiciones no las prevé la Constitución de Nuevo León, no las prevé la ley y no las ordena la sentencia del TEPJF o las suspensiones de la SCJN”, agrega, además de conceder la ilegal suspensión al secretario de Gobierno, Javier Navarro.Acusa el Congreso que el Juez Domínguez Barrios ha actuado sin profesionalismo al no actualizar sus conocimientos jurídicos y no estudiar con acuciosidad los expedientes y proyectos en los que intervienen; y ha tenido una notoria ineptitud y/o descuido en el desempeño de las funciones que debe realizar, pues ha actuado en desacato al texto expreso de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Amparo.
También ha abusado en el ejercicio de su cargo por haberlo ejercido extralimitándose en el uso de las facultades que les son inherentes y actuado sin prudencia y con notoria ineptitud al haber resuelto y haberse pronunciado respecto de un asunto del que no debía conocer por tratarse de materia electoral.
La queja administrativa presentada, identificada con el folio BZN-07373/23, podrá ampliarse a otros funcionarios judiciales que hayan intervenido en la actuación irregular.

Por: David Casas-eitmedia.mx