El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aclaró que no tiene la facultad de cancelar consultas populares, luego de recibir una solicitud para frenar una consulta que, según sus promoventes, restringiría derechos humanos de infancias y adolescencias.
En una sesión extraordinaria celebrada el 29 de enero, el organismo explicó que la responsabilidad de analizar la constitucionalidad y legalidad de las consultas recae en el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León, incluyendo aquellas en trámite.
Solicitud y fundamentos
El pasado 14 de enero, Jessica Elodia Martínez Martínez, Nadia Lorena Garza Rodríguez y Jennifer Aguayo Rivas presentaron un escrito ante el IEEPCNL solicitando detener una consulta que consideran atenta contra el derecho a la educación sexual y vulnera derechos fundamentales establecidos en la Constitución y tratados internacionales.
“El Consejo del IEEPCNL debe cancelar cualquier avance de consultas populares que busquen restringir derechos humanos de las infancias y adolescencias”, indicaron en su solicitud.
Sin embargo, el IEEPCNL precisó que sus funciones en torno a las consultas se limitan a verificar que cuenten con el respaldo del 2% de la ciudadanía, así como a su organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.
Contexto de las consultas en trámite
El organismo recibió dos avisos de intención para consultas populares, presentados por Gilberto de Jesús Lozano González y Juan Carlos Leal Segovia, quienes obtuvieron la aprobación de los formatos para la recolección de firmas el 16 de diciembre de 2024 y el 13 de enero de 2024, respectivamente.
Si ambos promoventes cumplen con los requisitos establecidos y el Tribunal Superior de Justicia las avala, las consultas se realizarán el primer domingo de agosto de 2026.
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