jueves, 12 marzo 2026
25.9 C
Monterrey

Proponen el acelerar castigo contra deudores alimentarios para proteger a menores

Últimas Noticias

Con el objetivo de evitar que niñas, niños y adolescentes se queden sin el sustento que por ley les corresponde, fue presentada en el Congreso de Nuevo León una iniciativa de reforma para agilizar el proceso penal contra quienes incumplen con el pago de pensión alimenticia.

La propuesta fue impulsada por la diputada local Claudia Caballero Chávez, integrante del Partido Acción Nacional, quien acudió a la Oficialía de Partes del Poder Legislativo acompañada por el abogado Patricio Martínez Brito para formalizar la iniciativa que plantea modificar el artículo 280 del Código Penal del Estado.

La reforma busca fortalecer las herramientas legales para actuar contra quienes dejan de cumplir con sus responsabilidades alimentarias pese a existir resoluciones judiciales firmes o acuerdos ratificados ante autoridad competente.

En el documento presentado se establece que incurre en el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias quien, sin causa justificada, deje de cumplir total o parcialmente con el sustento de hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada, personas con discapacidad, adultos mayores o sujetos de interdicción, cuando exista resolución judicial firme, convenio ratificado o requerimiento formal que obligue a proporcionar alimentos durante un periodo mayor a treinta días naturales.

La iniciativa plantea que este delito se persiga a petición de la parte afectada y que para vincular a proceso al presunto responsable sea suficiente una constancia emitida por la autoridad jurisdiccional que confirme tanto la obligación alimentaria como el incumplimiento de la misma.

De aprobarse la modificación, las sanciones contemplarían penas de prisión de uno a seis años, además de la pérdida del derecho a ejercer patria potestad, tutela, guarda y custodia, curatela, así como derechos hereditarios o de alimentos sobre la persona afectada. También se establece la obligación de reparar el daño mediante el pago de las cantidades que no fueron entregadas oportunamente.

La propuesta también contempla sanciones más severas cuando exista reincidencia o cuando el responsable oculte ingresos o bienes para evadir su obligación, casos en los que las penas podrían duplicarse, además de que se permitiría ordenar embargos preventivos o retenciones de ingresos como medidas de aseguramiento.

La diputada Claudia Caballero explicó el alcance de la iniciativa al señalar que “Lo que se plantea es permitir la vinculación a proceso inmediata cuando exista constancia judicial firme que acredite la obligación alimentaria y su incumplimiento. De esta manera, se reconoce el valor probatorio pleno de las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales en materia familiar, evitando su innecesaria reiteración en la etapa penal”.

Añadió que la propuesta también busca fortalecer las facultades del juez de control durante el proceso penal para garantizar que los recursos lleguen a quienes tienen derecho a recibirlos. “Adicionalmente, se propone facultar de manera expresa al juez de control para imponer medidas cautelares inmediatas que garanticen el cumplimiento del pago de la pensión alimenticia durante el proceso penal. Estas medidas resultan fundamentales para asegurar la protección efectiva de las personas acreedoras, prevenir daños irreparables y asegurar que el proceso penal cumpla con su finalidad de tutela de derechos humanos”, indicó.

Por su parte, el abogado Patricio Martínez explicó que la intención de la reforma es evitar que los procesos se alarguen por años antes de que pueda procederse penalmente contra un deudor alimentario.

“Un deudor alimentista, no se puede ir penalmente contra él hasta que no haya causa ejecutoria. La ejecución, ¿qué es eso?, que una vez que ya fijó una pensión de alimentos, posteriormente tienes que irte a una ejecución, la cual se tarde aproximadamente dos o tres años en resolver, ya que el juicio de ejecución, lo tienes que ver en el juzgado de lo familiar, después se van al amparo, luego van a la revisión de amparo. Todos esos procesos están en tres años, aquí lo que se busca es evitar esos tres años y con la simple imposición del juez de lo familiar de la pensión de alimenticia, donde se ve el incumplimiento, ya puedas proceder penalmente en contra del deudor alimentista, no tener que, como decía la diputada, duplicar procesos”, detalló.

eitmedia.mx