
Ciudad de México.— El Diario Oficial de la Federación publicó en su edición vespertina el decreto que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo un límite a las jubilaciones y pensiones de funcionarios en entidades públicas, medida que entrará en vigor este sábado 11 de abril.
El documento establece que las pensiones del personal de confianza en organismos descentralizados, empresas del Estado, fideicomisos públicos y demás entes gubernamentales, tanto federales como estatales y municipales, no podrán superar la mitad de la remuneración asignada a la persona titular del Ejecutivo Federal.
La reforma fue aprobada previamente por el Pleno de la Cámara de Diputados el pasado 25 de marzo, con el respaldo unánime de 458 legisladores, lo que reflejó un amplio consenso político en torno a la necesidad de establecer topes a este tipo de prestaciones.
Con esta modificación constitucional, se busca evitar excesos en el pago de pensiones dentro del sector público y alinear estos beneficios con criterios de austeridad y proporcionalidad respecto al salario presidencial.
El decreto detalla que la disposición aplicará a diversos entes del Estado, incluyendo empresas públicas, sociedades nacionales de crédito y fideicomisos, así como organismos de las entidades federativas y municipios.
La entrada en vigor de esta reforma marca un cambio relevante en el esquema de remuneraciones dentro del sector público, al establecer un límite claro a las pensiones financiadas con recursos públicos.
Ver: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5784617&fecha=10/04/2026#gsc.tab=0
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