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INE ordena eliminar publicaciones de Samuel García en redes sociales

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, 12 medidas cautelares por la aparente realización de actos anticipados de campaña, la supuesta vulneración a las normas en materia de propaganda electoral para el periodo de precampaña, vulneración al interés superior de la niñez, uso indebido de la pauta y promoción personalizada en el marco del proceso electoral 2024.

Publicación en red social X de Samuel García, preliminarmente, podría vulnerar el interés superior de la niñez

Rafael Ángel Lecón Domínguez denunció a Samuel Alejandro García Sepúlveda, derivado de la publicación de imágenes de menores de edad en su red social X, lo cual, a decir del quejoso, vulnera el interés superior de la niñez.

La Comisión determinó procedente la solicitud de medida cautelar porque, bajo la apariencia del buen derecho el denunciado no presentó los documentos que comprueben la autorización o consentimiento para participar en la propaganda, esto implica, que deberá en un plazo no mayor a tres horas, eliminar o, en su caso, difuminar las imágenes de los menores que aparecen en la publicación denunciada.

Publicación en red social TikTok de Samuel García, preliminarmente, vulnera el interés superior de la niñez

Asimismo, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una denuncia en contra de Samuel Alejandro García Sepúlveda, en su calidad de precandidato a la Presidencia de la República, y del partido Movimiento Ciudadano (MC), por la supuesta realización de actos anticipados de campaña y la vulneración al interés superior de la niñez.

La Comisión de Quejas analizó un video publicado en el perfil de TikTok del precandidato denunciado y determinó, preliminarmente, que no contiene referencias electorales, declarándolo improcedente en relación con actos anticipados de campaña. Sin embargo, en cuanto a la vulneración al interés superior de la niñez, la Comisión consideró procedente la medida cautelar, la cual ordena al denunciado eliminar la publicación o difuminar los rostros de los menores de edad en un plazo máximo de tres horas, ya que preliminarmente podría afectar el interés superior de la niñez.

Bardas y publicaciones en redes sociales de Movimiento Ciudadano no son consideradas ilegales

Por su parte, el Partido Acción Nacional (PAN) en Nuevo León denunció a las y los diputados locales del partido MC, derivado de pintas en bardas con la frase “¡Arráncate Samuel!”, en la Colonia Centro de Monterrey, Nuevo León, así como la publicación en redes sociales X e Instagram donde se visualiza que los legisladores denunciados sostienen carteles con las frases “Arráncate Samuel, Por México”, “Soñemos con un Presidente Regio”, en apoyo a Samuel Alejandro García Sepúlveda, de cara a la elección de 2024.

La Comisión consideró improcedente ordenar el retiro de las publicaciones en redes sociales, así como de las bardas, pues de un análisis preliminar al contenido denunciado y, bajo la apariencia del buen derecho, no se advierte alguna referencia de carácter electoral, es decir, se trata de frases genéricas.

También se negó la tutela preventiva al no existir elementos que indiquen que los actos denunciados se lleven a cabo nuevamente o se repitan en otras ocasiones, por lo que se trata de hechos futuros de realización incierta.

Promocionales de Samuel García y Movimiento Ciudadano no vulneran los principios electorales

El PAN presentó queja en contra de Samuel Alejandro García Sepúlveda, así como contra el partido MC, por la difusión de los promocionales denominados TU YA ME CONOCES V2, FUTURO V2 y ME DIJERON QUE NO HABÍA LUGAR V2, en sus versiones de radio y televisión.

Al respecto, la Comisión declaró improcedente la suspensión de los spots denunciados, toda vez que, se trata de actos consumados de manera irreparable, pues el periodo de difusión de dichos materiales fue del 23 al 25 de noviembre de 2023, por lo que a la fecha ya no se están transmitiendo.

También se negó la tutela preventiva, derivado de que no se advirtió que se actualice alguna infracción evidente en materia electoral.

Improcedente la tutela preventiva por presunta calumnia en redes sociales del PRI y su Presidente Nacional contra Gobernador de Nuevo León

Finalmente, el partido MC denunció al PRI y a Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, por la presunta difusión en la red social Facebook de manifestaciones que calumnian y difaman a Samuel Alejandro García Sepúlveda y al partido político denunciante.

Derivado del análisis del caso, la Comisión concluyó que es improcedente ordenar la tutela preventiva solicitada, puesto que versa sobre hechos futuros de realización incierta, al no contar con elementos que permitan suponer que una conducta como la denunciada se repetirá.

Fuente:https://centralelectoral.ine.mx/

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