Con el objetivo de reforzar los mecanismos de búsqueda de personas desaparecidas y aprovechar la red de telecomunicaciones y teléfonos móviles para distribuir “alertas Amber” por mensajería instantánea, el diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (PRI) presentó una iniciativa que reforma la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Plantea agregar un artículo 98 Bis a la primera ley para establecer que cuando se trate de desapariciones relacionadas con niñas, niños y adolescentes, las autoridades de búsqueda e investigación, en coordinación con los proveedores de servicios móviles, deberán emitir una alerta en los términos que Determinan los protocolos para este sector, a través del servicio de mensajería.
Para la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, propone agregar un párrafo segundo a la fracción X del artículo 190 a fin de señalar que los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados deberán desplegar, en casos de desaparición de niñas, niños y adolescentes de los cuales haya reporte o denuncia, a través del sistema de mensajes cortos, una alerta gratuita que contiene la información esencial sobre las presuntas víctimas, para su detección oportuna.
La iniciativa argumenta que, a través de este sistema, que no requiere de conexión a Internet o de una aplicación instalada, se pueden distribuir de forma más rápida alertas de casos de desaparición. “Se trata de aprovechar el sistema existente para la distribución de información para la atención de un delito, lo cual no implica una posesión de parte de ninguna institución o dependencia del Poder Ejecutivo de las cuentas y números de los usuarios”.
Indica que en México existen 104 millones de usuarios de teléfonos móviles inteligentes, con acceso a internet y al servicio de mensajería instantánea, que día a día reciben mensajes no solo por medio de aplicaciones de mensajería, sino notificaciones e información mediante el sistema de mensajes cortos. .
El documento, convertido a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Comunicaciones y Transportes, expone que el uso de servicios de mensajería instantánea debe ser una herramienta valiosa para alertar sobre casos de desaparición y añade que la colaboración entre sociedad e instituciones es fundamental para que la distribución de esa información sea efectiva, rápida y expedita.
Aclara que no se trata de tener control sobre los registros de las compañías de telecomunicaciones que albergan los números de teléfonos activos, sino de reforzar un mecanismo de protección de menores a través de un sistema masivo de transmisión de información para ampliar el área de atención y observación y detectar en menos tiempo cualquier delito relacionado a algún acto de desaparición de menores.
Refiere que la Red por los Derechos de la Infancia en México, en su informe “La Infancia Cuenta en México 2022, Niñez y Desapariciones”, señala que cada día desaparecen en el país 14 niñas, niños y adolescentes, y que sólo en 2021 se registraron mil 896, aunque se advierte que el número puede ser mayor considerando que existen casos que no son denunciados.
Mencionar que la desaparición de menores de edad en México es una preocupación compleja que requiere la colaboración y la participación de la sociedad, autoridades y tecnologías disponibles para abordarlo de manera efectiva y reforzar el sistema de atención de búsqueda utilizando servicios de mensajería instantánea como herramienta para llegar a más personas y alertar sobre estos casos.
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