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Congreso abre periodo extraordinario con reformas clave y choques legislativos

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Con una mayoría calificada y tras una intensa discusión, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó convocar a las Cámaras de Diputados y Senadores a un periodo extraordinario de sesiones que comenzará el lunes 23 de junio y podría extenderse hasta el miércoles 2 de julio. La decisión fue respaldada con 26 votos a favor y 9 en contra, sin abstenciones.

El Congreso General se instalará formalmente el mismo 23 de junio a las 13:00 horas, luego de que se aceptara una modificación de última hora para retrasar la sesión, propuesta por la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, con el argumento de facilitar la llegada de legisladores provenientes de los estados.

Durante este periodo, se abordarán al menos 16 temas legislativos que van desde reformas sobre seguridad pública y medio ambiente, hasta cambios en leyes de competencia económica, desarrollo social y telecomunicaciones. También se contempla la discusión de una nueva Ley de la Guardia Nacional y una propuesta de transferencia de funciones del CONEVAL al INEGI.

En la Cámara de Diputados, las sesiones podrán desarrollarse de forma semipresencial y se tratarán también licencias, reincorporaciones y otros asuntos internos. Por su parte, el Senado abordará temas exclusivos como instrumentos internacionales, licencias de legisladores y otros acuerdos de carácter interno.

No todos los puntos propuestos lograron entrar en la agenda. Fueron rechazadas reservas como la del diputado Pablo Vázquez Ahued, quien solicitó incluir la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales, y la del legislador Federico Döring Casar, que buscaba que el Senado discutiera la remoción de su actual presidencia. Ambas propuestas no pasaron el filtro del Pleno.

Tampoco prosperó la propuesta del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, mientras que la diputada Lilia Aguilar Gil optó por retirar la suya antes de someterla a votación.

Concluido el proceso legislativo correspondiente, la declaratoria de clausura del periodo extraordinario podrá ser emitida por las presidencias de las Cámaras una vez que se hayan atendido los temas previstos, conforme a los artículos Tercero, Cuarto y Quinto del Decreto. La publicación del mismo en el Diario Oficial de la Federación fue también solicitada, en cumplimiento con el artículo 72 constitucional.

eitmedia.mx