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Reforma penal sobre abuso sexual avanza hacia la discusión en San Lázaro

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La definición legal del abuso sexual podría cambiar de manera significativa en el próximo periodo ordinario de sesiones. Morena anticipó que la Cámara de Diputados discutirá la minuta enviada por el Senado el 9 de diciembre de 2025, misma que plantea ajustes profundos a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal.

“El 9 de diciembre de 2025 el Senado de la República remitió a la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, en materia de abuso sexual”, recordó el coordinador morenista Ricardo Monreal Ávila. El legislador agregó que la propuesta fue presentada previamente por las senadoras Laura Itzel Castillo Juárez, Martha Lucía Micher Camarena y la diputada Anais Miriam Burgos Hernández.

La iniciativa plantea sustituir por completo la redacción del artículo 260 para ampliar la definición del abuso sexual y armonizarla con estándares internacionales, poniendo en el centro el consentimiento. “El objeto de la iniciativa es reformar en su totalidad el artículo 260 para que el concepto de abuso sexual cuente con una descripción más amplia, clara y acorde a los estándares internacionales, pues incorpora la ausencia del consentimiento como un elemento clave de este tipo penal, además de enfatizar que el silencio, la pasividad o la falta de resistencia de la víctima no implicarán el consentimiento”, explicó.

La agenda de Morena señala que, al replantearse la descripción del delito y sus sanciones, también se actualizará el artículo 266 Bis, que establece las circunstancias que agravan tanto el abuso sexual como la violación. Según Monreal, el objetivo es precisarlas y ampliarlas para evitar lagunas que limiten la aplicación de la ley. “En específico, se pretende señalar que el abuso sexual puede suceder tanto en el ámbito público como en el privado”, indicó.

El proyecto define el abuso sexual como cualquier acto de naturaleza sexual realizado sobre otra persona o sobre el propio agresor, sin consentimiento y sin intención de llegar a la cópula. También integra como delito la exhibición forzada del cuerpo de la víctima. “Con claridad se señala que el consentimiento no podrá presumirse si la voluntad de la persona fue anulada o viciada por la violencia, la intimidación, el engaño, las amenazas, el abuso de confianza o autoridad o situaciones de vulnerabilidad para las víctimas. Tampoco el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física podrán interpretarse como consentimiento para el acto sexual”, afirmó.

Monreal añadió que la propuesta clarifica qué actos entran en la categoría de agresión sexual. “La nueva conceptualización amplía la esfera de protección para las víctimas al considerar un acto sexual: tocamientos, caricias, representaciones sexuales explícitas, etcétera”. También destacó que reconocer la posibilidad de que estos hechos ocurran en el ámbito privado evita imponer cargas probatorias adicionales.

Las sanciones también se actualizarían, con un rango de tres a siete años de prisión, multas y la obligación de participar en talleres reeducativos con perspectiva de género o realizar servicio social. La reparación del daño será obligatoria conforme a la Ley General de Víctimas.

Entre las agravantes se incluyen escenarios donde exista violencia física, psicológica o moral; donde los hechos ocurran en zonas despobladas; o cuando haya cualquier relación de confianza, dependencia o formación entre víctima y agresor, desde lo familiar hasta lo laboral o religioso. Además, el delito se perseguiría de oficio.

El legislador sostuvo que la reforma busca fortalecer la capacidad del Estado para prevenir, sancionar y erradicar la violencia sexual, especialmente en situaciones donde hay abuso de poder o vulnerabilidad para las víctimas. Señaló que se trata de garantizar un marco social basado en el respeto a la integridad corporal y a la autodeterminación sexual.

“De este modo, la iniciativa es congruente con los valores estructurales del Estado mexicano y con los derechos de libertad y autodeterminación sexual, dignidad humana, integridad personal y libre desarrollo de la personalidad, por lo que contribuye a una mayor protección de las víctimas, especialmente de mujeres, niñas, niños y adolescentes”, concluyó.

eitmedia.mx