domingo, 11 enero 2026
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Plantean eliminar términos ambiguos del Código Penal para reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes frente a la explotación sexual

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Con el objetivo de eliminar ambigüedades legales y fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes, el diputado Emilio Suárez Licona (PRI) presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal y sustituir los conceptos de “pornografía” y “turismo sexual” por términos que describan de manera directa la naturaleza criminal de estos delitos.

La propuesta, turnada a la Comisión de Justicia, plantea modificar los artículos 85, 200, 201, 202, 203 y 203 Bis para incorporar las denominaciones “explotación de material audiovisual de contenido sexual” y “explotación sexual en sitios turísticos”, cuando las víctimas sean personas menores de dieciocho años o que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo. Asimismo, se propone reformar el artículo 209 Bis para eliminar cualquier referencia al consentimiento en el tipo penal de pederastia.

La iniciativa también contempla cambiar los nombres de los Capítulos II y III del Título Octavo del Código Penal Federal, a fin de armonizar la terminología y establecer una tipificación más clara de los delitos de explotación sexual infantil y pederastia. El Capítulo II pasaría a denominarse “Explotación de material audiovisual de contenido sexual de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo”, mientras que el Capítulo III sustituiría el término Turismo Sexual por “Explotación sexual en sitios turísticos” en los mismos supuestos.

En su exposición de motivos, Suárez Licona sostiene que la reforma no es solo una actualización técnica, sino un acto de justicia y responsabilidad institucional, al considerar que el lenguaje jurídico vigente minimiza el daño de estos delitos y distorsiona su verdadera naturaleza. Señala que términos como “pornografía” trasladan erróneamente un marco de libertad de decisión y consumo adulto a hechos que en realidad constituyen violaciones graves a los derechos de la infancia.

El legislador advierte que el uso de expresiones como “turismo sexual” invisibiliza las redes de trata y la esclavitud infantil, además de diluir la responsabilidad de quienes facilitan o toleran estas conductas. En ese sentido, la reforma busca enfatizar la conducta criminal e identificar al turismo únicamente como el contexto que facilita el delito, permitiendo fincar responsabilidades claras a prestadores de servicios que lo encubran.

También subraya que la frase “con o sin su consentimiento”, aún presente en la legislación, resulta una aberración jurídica y psicológica, al reconocer implícitamente una capacidad inexistente en niñas y niños para consentir su propia victimización.

El diputado alertó sobre la gravedad del problema al citar datos de la ENDIREH 2021, que indican que 12.6 por ciento de las mujeres entrevistadas sufrió algún tipo de violencia sexual antes de los 15 años, cifra que representa un incremento de 45 por ciento respecto a 2016, lo que evidencia fallas en los mecanismos de prevención del Estado.

Finalmente, precisó que la necesidad de clarificar y endurecer los tipos penales no solo tiene un fundamento jurídico, sino también sanitario, ya que la violencia sexual en la infancia y adolescencia es un determinante social negativo de la salud, con efectos de largo plazo que incluyen padecimientos crónicos, conductas autodestructivas y suicidio, por lo que la legislación debe responder a la magnitud del daño.

eitmedia.mx