
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aprobó este 30 de septiembre los Lineamientos para garantizar la paridad de género en las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos del proceso electoral 2026-2027.
Las nuevas reglas establecen criterios para la postulación de candidaturas al Congreso local y a los 51 ayuntamientos, así como mecanismos para procurar una integración paritaria de los órganos de representación. El IEEPCNL cuenta con atribuciones para establecer reglas de paridad y acciones afirmativas dentro del proceso electoral local.
Para las diputaciones locales, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, los partidos políticos y coaliciones deberán integrar dos bloques de 13 distritos cada uno, ordenados de acuerdo con los porcentajes de votación correspondientes.
En cada bloque deberán postular al menos la mitad de las fórmulas correspondientes al género femenino. Cuando el número de distritos sea impar, la candidatura excedente deberá corresponder a una mujer y, si ambos bloques resultan impares, el género excedente deberá alternarse en el siguiente bloque.
Los partidos podrán elegir, para establecer el orden de los distritos, entre los resultados de la elección más reciente, el promedio de ésta con la elección anterior o el promedio de los resultados de los tres últimos procesos electorales de diputaciones locales.
Para los partidos que participen por primera vez, el IEEPCNL realizará un sorteo para determinar el orden de prelación con el que se integrarán los bloques.
En cuanto a la representación proporcional, los lineamientos contemplan ajustes de género para garantizar la integración paritaria del Congreso estatal, conforme al procedimiento previsto en la legislación electoral y bajo las condiciones establecidas por el propio Instituto.
Nuevos criterios para los ayuntamientos
Para la elección de ayuntamientos, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes deberán cumplir con los principios de paridad vertical, horizontal, sustantiva y transversal.
En el caso de las candidaturas independientes, los lineamientos establecen la obligación de observar la paridad vertical.
La paridad vertical implica que las fórmulas de regidurías y sindicaturas deberán integrarse por personas propietarias y suplentes del mismo género.
En materia de paridad horizontal, los partidos deberán registrar al menos 50 por ciento de candidaturas del género femenino en los 51 municipios de Nuevo León.
Uno de los nuevos elementos es la clasificación de paridad municipal, mediante la cual se establecerá una jerarquía entre los municipios a partir de tres indicadores: población, presupuesto y antecedente histórico de mujeres electas como presidentas municipales.
El índice poblacional tomará como referencia al municipio con mayor proporción de población, al que se asignarán 100 puntos. Los demás municipios recibirán una calificación proporcional respecto a ese valor.
El mismo procedimiento se aplicará para el índice presupuestal, tomando como referencia el municipio con el mayor presupuesto.
Para el índice de compensación histórica se otorgarán 100 puntos a los municipios que nunca hayan tenido una mujer como presidenta municipal electa por voto popular, mientras que aquellos que sí cuenten con antecedentes de alcaldesas electas recibirán 50 puntos.
El promedio de los tres indicadores determinará la posición de cada municipio dentro de la Clasificación de Paridad Municipal.
Los lineamientos también incorporan reglas de paridad transversal, con las que se busca evitar que las candidaturas de un género sean concentradas exclusivamente en los municipios donde un partido haya obtenido sus porcentajes de votación más bajos.
El IEEPCNL informó además que estos criterios incorporan una acción afirmativa derivada de una propuesta presentada por Neidy Rubí Cantú Hernández, relacionada con la ponderación de municipios de acuerdo con antecedentes de mujeres electas, presupuesto, población y competitividad partidista.
El organismo también respondió un escrito presentado por Morena sobre las reglas de paridad, señalando que deberá sujetarse a la acción afirmativa y a los lineamientos aprobados.
Asimismo, determinó tener por no presentado el escrito de Juan Gabriel Macareno Escamilla, quien había planteado un modelo para garantizar el acceso de mujeres a las presidencias municipales, debido a que no atendió el requerimiento para ratificar su escrito.
Registro de candidaturas será en línea
Durante la misma sesión, el Consejo General aprobó la implementación de los Sistemas Estatales de Registro en Línea para Candidaturas Independientes (SIERCI) y para candidaturas de partidos políticos (SIER).
También se aprobó la elaboración de los manuales operativos correspondientes.
La Secretaría Ejecutiva deberá emitir el manual del SIERCI a más tardar en la fecha en que se publique la convocatoria correspondiente en el Periódico Oficial del Estado.
En el caso del SIER, el manual deberá emitirse a más tardar el 15 de enero de 2027, previo al periodo de registro de candidaturas, establecido del 1 al 20 de marzo de ese año.
El Instituto ya cuenta con antecedentes de sistemas de registro en línea utilizados en procesos electorales anteriores.
Renuevan encargo en el IEEPCNL
Finalmente, el Consejo General aprobó por segunda ocasión la renovación de Osmar Felipe Galicia Pérez como encargado de despacho de la Asistencia Técnica de Participación Ciudadana, adscrita a la Unidad de Participación Ciudadana del organismo electoral.
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